La inscripción de los títulos de registro podría estar
dirigido a quien lo adquiera, al que lo trasmite, a quien tenga el interés en
asegurar el derecho que se deba inscribir y por último a quien tenga el poder o
presentación de cualquiera de ellos.
Como registrar?
Es importante que usted sepa que, cada registro tiene una
demarcación territorial, en consecuencia las inscripciones o anotaciones,
deberán hacerse dentro de la circunscripción territorial donde estén ubicados
los inmuebles.
Al momento de presentar el titulo virtual del inmueble que
estemos registrando, se extiende el asiento de presentación.
El registrador, tendrá un plazo de 15 días desde la fecha del asiento para
presentar los documentos necesarios.
Si llegara a existir defectos subsanables del título que se
presenta, el registrador pondrá de conocimiento del solicitante otorgándole un
plazo para realizar la subsanación. Si no existiera defectos se procederá con
inscribir el titulo.
Los registradores, deberán pagar los aranceles que requiere
los trámites registrales, estos varían según la situación del predio, ya sea
particular o negocio.




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